La Autoridad del Agua (ADA) oficializó hoy la creación del Registro de Usuarios del Recurso Hídrico, que será de carácter obligatorio para todas las personas humanas, jurídicas, organismos públicos y privados que utilicen o pretendan utilizar el agua en la provincia de Buenos Aires, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.
La decisión se enmarca en la Ley 12.257 (Código de Aguas) y su Decreto Reglamentario 3.511/07, que establecen las competencias del organismo en materia de planificación, registro, otorgamiento y protección de los derechos vinculados al uso del recurso hídrico.
Según la resolución, “el alta en el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico no implica el reconocimiento de permisos especiales de uso del recurso hídrico”, una aclaración que el Directorio de la ADA consideró necesario destacar.
El nuevo registro incorporará todos los inmuebles y áreas geográficas donde se requiera usar o explotar el agua, y reemplazará el procedimiento anterior aprobado en 2018, que quedó derogado.
Además, la ADA dispuso que la División de Informática deberá migrar todos los datos existentes hacia el nuevo sistema, identificando establecimientos, inmuebles y áreas de explotación. También se estableció que la inclusión en el registro podrá realizarse a pedido de parte o de oficio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Código de Aguas.
Los usuarios, por su parte, estarán obligados a informar cualquier modificación referida a los datos registrados y a constituir domicilio electrónico, conforme a la Ley 15.230 y su normativa reglamentaria.
La medida lleva las firmas de Máximo Lanzetta, Juan Oscar Deina, Martín Reibel Maier y Damián Matías Costamagna.