El gobierno bonaerense prorrogó por seis meses a partir del 8 de diciembre el plazo para adherir al Régimen de Retiro Voluntario optativo para los agentes de planta permanente con estabilidad del Poder Ejecutivo provincial, organismos de la administración centralizada, desconcentrada y descentralizada, empresas del Estado provincial y entes autárquicos.
Lo hizo a partir de la Resolución 105 publicada hoy en el Boletín Oficial y que lleva la firma del Subsecretario de Capital Humano bonaerense, Daniel Jorge Maggi.
El Decreto 465 del gobierno bonaerense, con fecha 24 de mayo y publicado en el Boletín Oficial el 8 de junio, dispuso abrir los retiros voluntarios para empleados de planta permanente del Poder Ejecutivo, organismos de la administración centralizada, desconcentrada y descentralizada.
Allí se estableció que pueden optar por el retiro voluntario todos aquellos agentes que registren una antigüedad de dos años o más e inferior a los 24 años en la administración pública provincial y le faltaren más de cinco años para obtener la jubilación.
Luego, mediante otro decreto, se incluyó que los docentes puedan adherir al régimen de retiro voluntario.
El pago convenido en el retiro, según se determinó el decreto original, se efectuará mediante un sistema de un abono inicial en el momento de la baja y «cuotas mensuales, iguales y consecutivas».
Así, se dispuso que aquellos que tengan entre 2 y 5 años de antigüedad percibirán 10 cuotas (las primeras cuatro en el momento de la baja y las restantes en 6 meses consecutivos) mientras que los agentes con entre 6 y 7 años de antigüedad recibirán 15 cuotas en total (6 iniciales y 9 mensuales).
Para quienes tengan entre 8 y 9 años de antigüedad las cuotas serán 20 (8 al momento de la baja y 12 mensuales) entre 10 y 11 años de antigüedad 24 cuotas (10 iniciales y las restantes 14 de manera mensual) y los de más de 12 años de antigüedad tendrán acceso al cobro de 30 cuotas (12 cuando se retiren y 18 mensuales).
Para el cálculo, se tomará la mejor remuneración que el agente haya percibido en los seis meses anteriores a la baja, sin contar viáticos, horas extras, aguinaldo y otras remuneraciones no habituales en el pago mensual.
Establece además que quienes adhieran a estos retiros quedarán inhabilitados por cinco años para reincorporarse a un empleo de la «Administración Pública Provincial, incluyendo Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados, Fideicomisos o Sociedades en las que el Estado participe como socio mayoritario», según la letra del decreto.