El gobierno bonaerense estableció hoy el marco regulatorio aplicable a los generadores especiales existentes en el territorio de la provincia de Buenos Aires en lo atinente a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se originen en el marco de su actividad.
En la resolución 317 del Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible publicada hoy en el Boletín Oficia del distrito se remarcó que el objetivo de la medida es «implementar las acciones para maximizar el recupero de los materiales reciclables y/o valorizables, y disminuir el volumen destinado a disposición final».
Allí, se especificó que se entiende por generadores especiales a los supermercados, los hipermercados, lo shoppings y galerías comerciales.
También, a los establecimientos en los que se brindan los servicios de alojamiento u hospedaje, comercios, empresas de servicios, centros de distribución, universidades públicas y privadas, toda otra actividad privada comercial e inherente a las actividades autorizadas, y las dependencias de la administración pública que generen más de mil kilogramos de residuos al mes.
Se remarcó que se entiende por destino sustentable a las plantas de separación, acondicionamiento y/o valorización de residuos reciclables, o sea aquellos materiales secos susceptibles de aprovechamiento como cartón, papel, plásticos, vidrios, metales, envases mixtos, entre otros, y la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos.
Son asimismo destinos sustentables las cooperativas y/o asociaciones civiles de recuperadores urbanos, plantas municipales, fundaciones hospitalarias, reciparques o toda empresa cuya tecnología se encuentre autorizada por el OPDS.
Los puntos verdes, en tanto, son estructuras o contenedores con capacidad de recepción y acopio de al menos 3 fracciones de materiales reciclables rotuladas y, al menos 3 m3 de capacidad de acopio diseñados especialmente para disponer los residuos reciclables separados en origen en tanto los mismos se encuentren vacíos, limpios y secos.
«Los generadores especiales son económica y ambientalmente responsables en la gestión integral de sus residuos sólidos urbanos comprendiendo por ella a la generación, disposición inicial selectiva, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final», se remarcó.
Se dispuso que la actividad desarrollada por las cooperativas y/o asociaciones civiles de recuperadores de residuos urbanos son «prestadoras de un servicio esencial para la comunidad, la preservación del ambiente, y la salud pública, y como medio para hacer efectiva la participación e inclusión social de trabajadores, la generación de empleo sustentable y la economía circular, todo ello a partir del aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos como recurso generador de valor económico».
En la medida se determinó que los generadores especiales deberán presentar ante el OPDS un Plan de Gestión integral e inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos cuya vigencia será de dos años.