El fiscal del Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires Carlos Altuve recurrió hoy a la Suprema Corte de Justicia bonaerense para que revoque el habeas corpus colectivo que habilita la prisión domiciliaria de presos que están dentro del grupo de riesgo ante el contagio de coronavirus.
Una fuente judicial explicó que se trata de un recurso de queja que radicó esta tarde el fiscal para que sea el máximo tribunal de justicia quien regule las prisiones preventivas de los presos durante la pandemia.
Altuve debió recurrir a la queja, luego que el Tribunal de Casación le rechazó el recurso de apelación interpuesto contra el fallo de Víctor Violini, quien hizo lugar a un habeas corpus colectivo presentado por los defensores públicos para que se les otorguen prisiones domiciliarias a presos en peligro de contraer coronavirus.
En ese fallo del 17 de abril último, Violini dice que los presos que podrán acceder a ese beneficio deben ser mayores de 65 años, mujeres embarazadas, detenidos con enfermedades preexistentes y que estén involucrados en delitos leves, aunque no hace mención a cuáles son los delitos a los que hace referencia.
Fuentes judiciales precisaron que en primer término la Corte revisará que el recurso cumpla con los requisitos técnicos para declararlo “admisible” y luego abordará el tema de las detenciones domiciliarias, previa vista al Procurador y al Defensor de Casación.
En su presentación, Altuve consideró que la resolución de Casación configura un supuesto “de extrema gravedad institucional por las consecuencias directas que de él se derivan, pues pone en crisis la buena marcha de las instituciones al poner en jaque al sistema jurídico penal todo y afecta el orden público, ello en virtud de la incertidumbre que genera el fallo cuestionado respecto de la implementación de las medidas dispuestas”.
Para el fiscal, “se vulneró la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un numero indeterminado de personas”.
“No es mi objetivo alzar una barrera que obstaculice la toma de las medidas urgentes, esenciales e imprescindibles para resguardar la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad”, sostuvo.
Sin embargo, advirtió que esas medidas “no deben ser tomadas con afectación a la distribución de competencias constitucionales y legales, ni mediante la vulneración de las leyes que ordenan el funcionamiento de la administración de justicia penal”.
Esta mañana, el procurador de la Suprema Corte, Julio Conte Grand explicó que el recurso de Altuve “permitirá revertir el desequilibrio del sistema y poder avanzar en el análisis de los casos ordenadamente como se hace siempre».
En ese marco, Conte Grand evaluó que, si el habeas corpus fuera dejado sin efecto, «se revertirá la decisión y estas personas deben reingresar al sistema hasta que los jueces naturales y fiscales de la causa resuelvan otra cosa y el fallo quede firme».
Explicó, luego, que, si del análisis de estas situaciones se detectan irregularidades cometidas por algún integrante del Poder Judicial, «se abren tres alternativas: si es un integrante de nuestro Ministerio Público -un defensor, un asesor de menores o un fiscal- se hará una investigación disciplinaria; si es un juez, se hará una presentación ante la Corte Suprema; y, de considerarlo necesario, se realizará una denuncia ante el Tribunal de Enjuiciamiento para que se evalúe esto en un proceso».